Publicado el enlace al webinario explicativo de las bases reguladoras de la convocatoria (ver apartado Descripción).
Abierto el plazo de solicitud: la no presentación de alguno de los documentos en la solicitud inicial no es subsanable y conllevará el archivo de la solicitud de la ayuda.
En caso de empresas de más de 50 personas en plantilla, será requisito indispensable para la gestión de la solicitud la justificación de estar inscrita en el Registro de Convenios Colectivos y Planes de Igualdad de Navarra (REGCON) o acreditar que con fecha anterior a la publicación de la presente convocatoria en el BON se ha solicitado la inscripción en el mismo.
En ningún caso será subsanable la no presentación de la documentación exigida.
El incumplimiento de la obligación de presentar la información de la obligación de transparencia impedirá el abono de la subvención concedida (la declaración de pérdida del derecho al cobro de la subvención).