17 de abril de 2020

Desde hoy pueden realizarse donaciones para financiar los gastos de la crisis del COVID-19 en Salud, Derechos Sociales, Innovación y Cultura

Las aportaciones implican una deducción fiscal del 25% de la cantidad donada por personas físicas y un gasto deducible en el impuesto de sociedades para las personas jurídicas

El Gobierno de Navarra ha habilitado el procedimiento para recoger las donaciones económicas de la ciudadanía, empresas y entidades para financiar los gastos extraordinarios ocasionados por la crisis del coronavirus. Las aportaciones irían dirigidas a los departamentos de Salud, Derechos Sociales, Universidad, Innovación y Transformación Digital y Cultura y Deporte. La aportación conlleva una deducción fiscal del 25% de la cantidad donada.

El Departamento de Economía y Hacienda ha aprobado  esta ficha de trámite para que particulares o entidades realicen las donaciones. En concreto, se puede utilizar una de las siguientes cartas de pago, vinculadas a las partidas presupuestarias del Departamento de Salud, de Derechos Sociales, de Universidad, Innovación y Transformación Digital, así como al Departamento de Cultura y Deporte para la financiación de acciones extraordinarias de apoyo al sector cultural en Navarra afectado por la crisis sanitaria. 

Cabe recordar que el Decreto-ley Foral de 3/2020 aprobado por el Gobierno de Navarra este miércoles establece medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria y sus implicaciones en este sector, en el sociosanitario, en el cultural y deportivo, así como para fortalecer de universidad e innovación, desde donde puede aportarse el conocimiento para paliar la situación.

En concreto, en su artículo 4 explica que en los tres primeros casos las cantidades obtenidas se destinarán a financiar los gastos derivados de la crisis del COVID-19 tales como equipamientos, infraestructuras sanitarias y sociales, material y suministros, gastos de personal y apoyo a la investigación.

Las donaciones están sujetas a las mismas deducciones fiscales que otras aportaciones a ONG y entidades sociales. Las personas físicas se benefician de una deducción en cuota del 25% en su declaración de IRPF. El importe de las donaciones de personas jurídicas tendrán la consideración de gasto deducible en el impuesto de sociedades.