06 de noviembre de 2024

Aprobado el decreto de méritos que regula la valoración de idiomas tras obtener el dictamen favorable del Consejo de Navarra

La puntuación por conocimiento de euskera y otras lenguas comunitarias en la Zona Mixta se establecerá en cada convocatoria, previo análisis de las necesidades de cada puesto
Fachada del Palacio de Navarra, sede del Ejecutivo foral.
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El Gobierno foral ha aprobado, en su sesión de hoy, el Decreto Foral por el que se regula la valoración de méritos en el acceso y provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra, tras obtener el dictamen favorable del Consejo de Navarra. La nueva normativa recoge como criterio general que la baremación del conocimiento de euskera y de las lenguas de trabajo de la Unión Europea (inglés, francés y alemán) se determinará en cada convocatoria de oposiciones, previo análisis de las necesidades específicas de cada plaza. 

De este modo, cumpliendo con la jurisprudencia y las indicaciones realizadas por el Consejo de Navarra al respecto, el nuevo Decreto Foral no incluye listados de puestos predefinidos en los que deban valorarse como mérito dichos idiomas. En lo que se refiere al euskera, permite que el ámbito donde el conocimiento de esta lengua puede puntuar se amplíe a la Zona Mixta, pero no de forma general, sino cuando tenga relación con el puesto de trabajo y con sus características específicas, lo que implicará que se haga una valoración individualizada en cada convocatoria. En la Zona No Vascófona, por su parte, no se valorará el conocimiento de euskera. 

El Consejo de Navarra considera que este enfoque se adecúa a derecho y a la jurisdicción previa, así como a los principios de racionalidad, proporcionalidad razonable y a la realidad sociolingüística de la Comunidad Foral. 

En cuanto a los idiomas comunitarios, se concreta que estos se valorarán cuando ese conocimiento sea requerido por las características específicas de las plazas, que también se determinará en cada convocatoria. El Consejo de Navarra recalca que esta medida también cumple con los criterios de racionalidad y proporcionalidad a la hora de presentar méritos ante la Administración.

El Decreto Foral recoge la diferente casuística que puede darse en cuanto a la baremación de idiomas en la Administración. Así, por ejemplo, en los procesos de concurso-oposición, –en los que la fase de concurso el conjunto de méritos no puede superar el 30% de la puntuación total máxima de todo el sistema de selección-, el conocimiento del euskera se valorará en la Zona Vascófona con un máximo de un 11% de la puntuación asignada al resto del baremo de méritos, mientras que en la Zona Mixta el porcentaje es de un máximo de un 7% -si se acredita un nivel C1- . Es decir, supondría como máximo un 7% o un 11% del 30% de la fase de concurso. 

Las convocatorias incluirán aquellas plazas de la Zona Mixta donde, en función del grado de atención o trato a la ciudadanía, se valorará el conocimiento del euskera, previo análisis individualizado de las características específicas de dichos puestos. Quedarán excluidas de dicha valoración las plazas en las que el conocimiento del euskera haya sido determinado como preceptivo.

Mediante este decreto, se pretende aportar seguridad jurídica a la valoración de idiomas en el acceso a Administración, de acuerdo a la zonificación lingüística establecida en la LORAFNA, la Ley Foral del Euskera y las resoluciones judiciales generadas en torno a este tema.

Antes de su aprobación definitiva, este Decreto Foral ha sido sometido a la negociación colectiva con los representantes sindicales en la Mesa General de Negociación, con fecha 8 de agosto de 2024. Asimismo, ha sido analizado por el Consejo Navarro del Euskera / Euskararen Nafar Kontseilua y ha sido sometido a estudio de la Comisión Foral de Régimen Local, que emitió su informe al respecto con fecha 5 de septiembre de 2024.

El Decreto Foral entrará en vigor una vez que se publique en el Boletín Oficial de Navarra (BON), tras lo que podrá aplicarse a las ofertas de empleo público vigentes, pendientes de convocarse para ajustarse a esta nueva normativa. 

Modificación de normativas
La entrada en vigor de esta normativa implica la modificación del Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 215/1985, en lo relativo a la valoración del euskera en los concursos de traslado, en los concursos de méritos para la provisión de jefaturas o direcciones de unidades orgánicas que no sean de libre designación y en los concursos de ascenso de categoría.

Asimismo, se modifica el Reglamento de ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/1985, regulando la valoración del euskera en los procedimientos que se tramiten mediante concurso-oposición.

Del mismo modo, procede la modificación del Reglamento de provisión de puestos de trabajo del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 57/2002, respecto a los méritos a valorar en el concurso específico como modalidad de acceso. Por último, se modifica el Decreto Foral 347/1993, por el que se regula el ingreso y la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, respecto a los méritos a valorar en el concurso-oposición y en el traslado por concurso de méritos.