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En el caso de las plazas abiertas, a cada una de las plazas de aparcamiento, cuya superficie útil no podrá superar los 14 m2, se le aplica el mismo precio por m2 útil que a las viviendas.
Si las plazas están cerradas constituyendo un local de uso privativo para cada vivienda dentro del local-garaje común, su superficie máxima será de 45 m2 y su precio por m2 será el 40% del correspondiente a la vivienda.