Para explotaciones agrícolas:
1. Documentación que justifique la correcta gestión de la explotación:
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Documentación que justifique el derecho al uso de agua de riego.
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Registros relativos al uso de biocidas y fitosanitarios. Mantener esta información durante al menos tres años a partir de la finalización de cada campaña agrícola.
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Resguardos que justifiquen la entrega de residuos peligrosos a un gestor autorizado o a un sistema integrado de gestión. Mantener dichos resguardos durante al menos tres años.
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Documentación relativa a resultados de todos los análisis pertinentes efectuados en plantas, suelo u otras muestras que tengan importancia para la salud humana.
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Registro de la utilización de semillas modificadas genéticamente.
2. Cuadernos de explotación, en caso necesario:
3. Documentación que justifique las autorizaciones pertinentes:
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Del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local para el arranque de cultivos leñosos en parcelas con pendiente igual o superior 15%.
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Para casos excepcionales de quema de rastrojos por razones fitosanitarias, informe de un técnico competente validado por el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.
Para explotaciones ganaderas:
- Registros de entrega de estiércoles y purines en caso de que la gestión no se lleve a cabo en la propia explotación.
- Resguardos que justifiquen la entrega de residuos peligrosos (animales muertos) a un gestor autorizado o a un sistema integrado de gestión. Mantener dichos resguardos durante al menos tres años.
- Libro de registro de la explotación actualizado.
- Documentación referente al traslado de animales.
- En caso de explotaciones de ganado vacuno, documentación de identificación bovina (DIB).
- Registros relativos a la naturaleza, cantidad y origen de los piensos y otros productos utilizados para la alimentación animal.
- Registros relativos a la cantidad y destino de cada salida de piensos o alimentos destinados a los animales, incluidos los granos.
- Registros relativos a los medicamentos veterinarios u otros tratamientos administrados a los animales, fechas de administración y periodos de retirada. Recetas veterinarias. Mantener durante al menos 5 años.
- Documentación relativa a los resultados de todos los análisis pertinentes efectuados en animales u otras muestras que tengan importancia para la salud humana.
- Cualquier informe relevante obtenido mediante controles a los animales o productos de origen animal.
- Registro de las entregas de piensos, alimentos, animales destinados a producción de alimentos, o cualquier sustancia destinada a ser incorporada a un pienso o alimento.
- Registros que identifiquen a los operadores a los que la explotación ha suministrado los productos.
- Certificados sanitarios según la legislación vigente.