Acreditación de familia monoparental

La acreditación como familia monoparental conlleva beneficios fiscales, ventajas y bonificaciones para las familias

Información básica

1. Familias monoparentales, según los siguientes supuestos:

  • Una sola persona progenitora con hijos/as inscritos en el Registro Civil exclusivamente por ella.
  • Persona progenitora viuda con hijos/as de la persona fallecida.
  • Persona progenitora con patria potestad en exclusiva de sus hijos/as.
  • Una sola persona con menores en acogimiento familiar.
     

2. Familias en situación de monoparentalidad, según los siguientes supuestos:

  • Una de las personas progenitoras con guarda y custodia exclusiva de sus hijos/as, siempre que los ingresos de la unidad familiar no superen 1,7 veces el indicador de Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada (SARA).
  • Persona progenitora con hijos/as a su cargo que haya sufrido violencia de género por parte del otro progenitor.
  • Persona progenitora con hijos/as a cargo, cuando el otro progenitor está en prisión por un periodo igual o superior a un año, siempre que los ingresos de la unidad familiar no superen 1,7 veces el indicador SARA.
  • Si uno de los progenitores que convive con sus hijos o hijas tiene reconocida una gran dependencia, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, siempre que los ingresos de la unidad familiar no superen 1,7 veces el indicador SARA.
  • Persona progenitora de origen extranjero con hijos/as a cargo, cuando el otro progenitor cumple condena a través de orden de expulsión del país y en Navarra residen la otra persona progenitora y descendientes, siempre que los ingresos de la unidad familiar no superen 1,7 veces el indicador SARA.
  • Persona progenitora de origen extranjero con hijos/as a cargo, cuando el otro progenitor esté desaparecido debido a un conflicto armado o durante el proceso migratorio y en Navarra residen la otra persona progenitora y descendientes, siempre que los ingresos de la unidad familiar no superen 1,7 veces el indicador SARA.

INDICADOR SARA  (2023)

UNIDAD FAMILIAR

1

1,7

2 personas

12.903,65

21.936,20

3 personas

13.825,33

23.503,07

4 personas

14.663,23

24.927,50

5 personas

15.609,25

26.535,72

6 personas

16.685,75

29.365,77

7 personas

17.921,73

30.466,94

8 personas

19.355,47

32.904,30

9 personas

21.038,55

35.765,54

 

 

MENSUAL

ANUAL

12 PAGAS

ANUAL

14 PAGAS

IPREM (2023)      

600

7200

8400

 

Categorías de las familias monoparentales y en situación de monoparentalidad:

1. Especial

  • Persona progenitora con tres o más hijos/as.
  • Persona progenitora con uno o dos hijos/as, siempre que los ingresos de la unidad familiar no superen una vez el indicador de Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada (SARA).
  • Persona progenitora con dos hijos/as que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez (Valoración de la discapacidad).
  • Las familias con dos hijos/as en las que una de las personas progenitoras convivientes tenga reconocida una gran dependencia, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez (Valoración de la situación de dependencia).
  • Persona progenitora con uno o más hijos/as a su cargo que haya sufrido violencia de género por parte del otro progenitor (Reconocimiento de víctima de violencia de género).

2. General
Familias que, cumpliendo los requisitos, no se encuentran en las situaciones descritas en el apartado anterior.

 

Beneficios

  • La situación de monoparentalidad es uno de los criterios prioritarios en los baremos de admisión del alumnado en los centros públicos y privados concertados de educación no universitaria de Navarra. 
  • Reducción de tarifas en los centros de primer ciclo de educación infantil públicos. 
  • Reducción en las becas de estudios para el alumnado de estudios postobligatorios no universitarios. 
  • Bonificación en la expedición de títulos, certificados o compulsas de títulos para los centros públicos de enseñanzas regladas dependientes del Departamento de Educación. 
  • Exención o reducción de tarifas en la Universidad Pública de Navarra.
  • Deducción en las becas universitarias del Gobierno de Navarra. 
  • Ayudas económicas destinadas a cubrir gastos extraordinarios y necesarios para la compra o sustitución de prótesis auditivas, prescripciones ópticas y tratamientos de ortodoncia.
  • Ayudas económicas para favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar.
  • Ayudas económicas para el alquiler de vivienda para familias con ingresos insuficientes y en situación de hacinamiento.
  • Bonificación en tarifas de centro cívicos, albergues, campamentos locales, actividades de ocio, así como el acceso a bienes culturales, actividades deportivas y de ocio que dependan de las Administraciones públicas de Navarra y se desarrollen en Navarra.
  • Descuentos en algunos municipios, en escuelas de música, centros deportivos y servicios similares.
  • Bonificaciones, en algunos municipios, en la contribución urbana.
  • Beneficios fiscales de la deducción por inversión en vivienda habitual de quienes la estuvieran aplicando en la declaración de la renta del ejercicio fiscal del 2019.
  • La situación de monoparentalidad es uno de los criterios prioritarios en los baremos de adjudicación de viviendas de protección oficial (VPO) y viviendas de precio tasado (VPT) en Navarra.

 

Pasos del procedimiento

Una vez presentada la solicitud se valorará y se remitirán los carnés de acreditación o la resolución de denegación al domicilio que conste en la solicitud.

Documentación general:

  • Impreso de solicitud debidamente cumplimentado (descargar las instrucciones).
  • Certificados de empadronamiento y de convivencia, emitidos con una antigüedad máxima de dos meses.
  • Fotocopia del Libro de familia.
  • Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte, de todos los y las miembros de la unidad familiar, solo en los supuestos en que no se autorice al órgano gestor su comprobación o esta no se pueda efectuar. Todos los documentos deben estar vigentes.
  • Declaración de la renta de la persona solicitante solo si se realiza fuera de la Comunidad Foral de Navarra. Las personas solicitantes que no estén obligadas a realizar la declaración deberán presentar una declaración jurada de las rentas.
  • Certificado de los ingresos recibidos por renta garantizada y/o subsidio por desempleo.
  • Fotocopia de la matrícula de estudios reglados: ESO, Bachillerato, Formación Profesional, Universidad u otros.
  • Declaración responsable de que los hijos/as no perciben ingresos superiores al IPREM, incluidas las pagas extraordinarias.

 

Documentación específica para familias monoparentales:

  • Declaración responsable de no constituir unión estable de pareja y no haber contraído matrimonio con otra persona.
  • Si la persona solicitante es viuda o situación equiparable: declaración de fallecimiento de su pareja.
  • Si tiene la patria potestad en exclusiva: sentencia de separación o divorcio, o sentencia de medidas por hijo/a no matrimonial, en la que se acredite la atribución de la patria potestad en exclusiva o la privación de patria potestad a la otra parte.
  • Si hay menores en acogimiento: resolución que constituya el acogimiento para familias acogedoras solo si no se ha gestionado por la Comunidad Foral de Navarra.

 

Documentación específica para familias en situación de monoparentalidad:

  • Si una de las personas progenitoras tiene la guarda y custodia en exclusiva: sentencia de separación o divorcio, o sentencia de medidas por hijo/a no matrimonial en la que se acredite la atribución guarda y custodia, en exclusiva.
  • Si una de las personas progenitoras convivientes está en prisión: resolución judicial justificativa de la situación de ingreso en prisión.
  • Si la persona progenitora con hijos/as ha sufrido violencia de género debe acreditarlo por cualquiera de los siguientes documentos:
    • Sentencia firme de cualquier orden jurisdiccional que declare que la mujer sufrió violencia.
    • Orden de protección o resolución judicial que hubiera acordado la adopción de medidas cautelares de protección a la víctima en vigor.
    • Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia.
    • Acta de la autoridad policial que acredite la existencia de indicios razonables sobre la condición de víctima de trata de seres humanos en los casos de trata de mujeres con fines de explotación sexual.
    • Certificación y/o informe de los servicios sociales y/o sanitarios de la Administración Pública competente.
    • Certificación y/o informe de los servicios de acogida de la Administración Pública competente.
    • Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, en los casos de acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral.
  • Si una de las personas progenitoras convivientes tiene reconocida una gran invalidez: certificado de gran invalidez expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • Si una de las personas progenitoras convivientes tiene reconocida una situación de gran dependiente: resolución de reconocimiento de gran dependencia solo para las personas que no hayan sido valoradas en la Comunidad Foral de Navarra.
  • Si una de las personas progenitoras convivientes tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%: Resolución de grado de discapacidad igual o superior al 33% solo para las personas que no hayan sido valoradas en la Comunidad Foral de Navarra.
  • Si una de las personas progenitoras convivientes, de origen extranjero, se encuentra fuera del territorio nacional por haberle sido impuesta, mediante resolución firme, una orden de expulsión, mientras no se encuentre en condiciones de obtener el permiso de residencia que le permita regresar: resolución administrativa o judicial de expulsión.
  • Si una de las personas progenitoras convivientes, de origen extranjero, se encuentra en situación de vulnerabilidad por no tener conocimiento del paradero de la otra persona conviviente, tras haber abandonado su país de origen debido a un conflicto armado o tras haber perdido el contacto con ella en el transcurso de la ruta migratoria: acreditación de los organismos nacionales o internacionales competentes y/o informe técnico emitido por los Servicios Sociales de Atención Primaria de la Administración pública autonómica o local.

 

Documentación a presentar para la renovación de la acreditación: 

  • Impreso de solicitud debidamente cumplimentado (descargar las instrucciones).
  • Certificados de empadronamiento y de convivencia, emitidos con una antigüedad máxima de dos meses.
  • Declaración de la renta de la persona solicitante sólo si se realiza fuera de Navarra. Las personas solicitantes que no estén obligadas a realizar la declaración deberán presentar una declaración jurada de las rentas.
  • Certificado de los ingresos recibidos por renta garantizada y/o subsidio por desempleo.
  • Fotocopia de la matrícula de estudios reglados: ESO, Bachillerato, Formación Profesional, Universidad u otros.
  • Declaración responsable de que los hijos/as no perciben ingresos superiores al IPREM, incluidas las pagas extraordinarias.
  • Si una de las personas progenitoras convivientes está en prisión: resolución judicial justificativa de la situación de ingreso en prisión.
  • Declaración responsable de no constituir unión estable de pareja y no haber contraído matrimonio con otra persona.
  • Cualquier otra situación deberá ser acreditada con la documentación pertinente.
  • Ley Foral 9/2022, para la modificación de los artículos 3 y 4 de la Ley Foral 5/2019.
  • Ley Foral 5/2019, para la acreditación de las familias monoparentales en la Comunidad Foral de Navarra.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

Presentación de solicitudes en:

  • Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (con cita previa concertada en el teléfono 848 425046), en C/ González Tablas s/n. Pamplona. No se resolverá, de manera presencial, en el momento de presentar la solicitud.
  • Servicios Sociales de Base  de Navarra y Unidades de Barrio de Pamplona.
  • Trabajador/a social de centros de salud.

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Departamento de Derechos Sociales
C/ González Tablas, s/n
Teléfono: 848 426 900

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Acreditación de Familias Monoparentales

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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