Presentación
Objetivo
Promover la formación de titulados universitarios para que adquieran un conocimiento más directo de las actuaciones en materia de juventud que se llevan a cabo desde el Instituto.
Destinatarios
Las personas que reúnan estos requisitos:
- Ser mayor de edad y menor de 30 años.
- Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea, y ratificados por España, en que sea de aplicación la Libre Circulación de Trabajadores. Quienes no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar la suficiente capacitación en el uso de la lengua castellana.
- Tener plena capacidad de obrar y no estar inhabilitado para la obtención de ayudas y subvenciones públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus Organismos Autónomos.
- Residir en Navarra al menos desde un año antes de la fecha de la convocatoria.
- Estar en posesión del título de:
- Licenciado en Comunicación o
- Ingeniero Técnico y Superior en Telecomunicaciones.
- No estar incapacitado físicamente ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa objeto de la beca.
Características
- La beca se abonará en plazos mensuales de 1.050 euros.
- La beca es incompatible con otras becas.
- Las actividades serán dirigidas y supervisadas por el jefe de Sección de Planificación y Observatorio Joven.
El tutor encomendará acciones de formación para colaborar en el desarrollo de las nuevas tecnologías en el Instituto Navarro de la Juventud:
- Emisión y recepción de mensajes en las redes sociales
- Elaboración de contenidos y su mantenimiento en la página Web
- Otras colaboraciones formativas relacionadas con la titulación exigida.
- Su formación se completará con su participación en aquellos cursos programados por la Escuela Navarra de Actividades para Jóvenes -ENAJ- que se consideren de interés.
- El tutor fijará los horarios, habitualmente entre las 9:00 y 15:00 horas de lunes a viernes, y vigilará el cumplimiento de las obligaciones generales y específicas de la persona que resulte becada.
Se podrá exigir a la persona beneficiaria de la beca el reintegro de las cantidades percibidas por los motivos previstos en el artículo 35 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones:
- El incumplimiento de las obligaciones y actividades encomendadas, la falta de celo en su ejecución, el escaso o nulo rendimiento o aprovechamiento de la formación, o la ausencia de calidad en los trabajos.
- La no presentación de la memoria final y/o la no obtención de la conformidad del tutor.
- Toda alteración, sin autorización administrativa previa, de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la beca de formación y, en todo caso, la obtención concurrente de becas o subvenciones incompatibles.
Plazo de presentación
Del 13-03-2012 al 11-04-2012
Palabras clave:licenciado, comunicación, ingeniero, telecomunicaciones