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Subvención para emprendedores comerciantes: Plan Hazte Comerciante 2011

Ayuda para apoyar a emprendedores comerciantes que tienen un nuevo proyecto comercial o de relevo en un proyecto comercial ya existente. Se enmarca dentro de las medidas anticrisis del Gobierno de Navarra 2011.

Plazo de presentación cerrado Tramitación online


Presentación

Objetivo

  • Apoyar el establecimiento de nuevos emprendedores comerciantes minoristas.
  • Garantizar la continuidad de establecimientos comerciales minoristas ya existentes.

Destinatarios

Personas físicas o empresas comerciales minoristas cuyos integrantes reúnan los siguiente requisitos:

  • Haberse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en algún epígrafe de comercio al por menor entre el 11/12/2010 y el 30/09/2011, ambos inclusive.
  • Su actividad principal debe corresponder a alguna de las siguientes conforme a la CNAE-2009:

    • Al grupo 45.32 (sólo actividades de comercio al por menor de repuestos y accesorios de vehículos a motor, excepto venta por catálogo e intermediarios).
    • A las comprendidas entre los grupos 47.11 y 47.79, ambos inclusive.
  • Para el ejercicio de la actividad comercial no se requerirá ninguna autorización o concesión administrativa especial.
  • No haber ejercido con anterioridad una actividad comercial minorista en Navarra en los dos años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria. Si el solicitante es persona jurídica, todos sus integrantes deberán cumplir este requisito.
  • El establecimiento comercial debe estar integrado en la trama urbana (suelo urbano o urbanizable con un uso residencial dominante) de algún municipio de Navarra. Requisito no exigible para actividades comerciales minoristas de:

    • Venta de productos de jardinería.
    • Venta de materiales de construcción y saneamiento.
    • Ubicadas en zonas transfronterizas.

Características

  • Se acogen aquellos gastos e inversiones realizadas entre el 11 de diciembre de 2010 y el 1 de diciembre de 2011, ambos inclusive.
  • Gastos e inversiones subvencionables:
    • Gastos notariales y registrales
    • Gastos financieros, de consultoría y formación
    • Arrendamiento del local comercial de enero a diciembre de 2011 (excepto la fianza o garantía)
    • Alta de contratación de servicios y suministros: agua, recogida de basuras, electricidad, gas y telecomunicaciones, excepto consumos.
    • Gastos de publicidad de lanzamiento
    • Suministro inicial de papelería y bolsas, siempre que este material esté personalizado.
    • Rehabilitación y obra civil de adecuación del local comercial (incluido la redacción del proyecto técnico, la licencia de obras, el I.C.I.O y la dirección de obra)
    • Adquisición de activos fijos nuevos:
      • Mobiliario y equipamiento comercial.
      • Equipos informáticos y software.
      • Otros activos fijos necesarios para la actividad comercial.
    • Inmovilizado inmaterial o intangible:
      • Cánones de entrada a franquicias, a mercados municipales y a otras formas de integración empresarial.
      • Aplicaciones informáticas.
  • Gastos e inversiones no subvencionables:
    • Los tributos (excepto I.C.I.O y licencia obras)
    • Gastos aprovisionamiento de existencias iniciales
    • Inversiones de inmovilizado inmaterial no recogidas en el punto anterior.
  • No se exige ningún importe mínimo de realización de gastos.
  • No existe limitación de edad para el acceso a la ayuda.
  • Importe de la ayuda: 70 % sobre los importes de gastos e inversiones acogibles.
  • Límite de la ayuda por solicitante: 15.000 euros.
  • Límite de la ayuda por arrendamiento: 500€/mes.

Plazo de presentación

Del 31-05-2011 al 30-09-2011

Palabras clave:emprendedor, joven, inicio, apertura, relevo, traspaso,comercio,local comercial, nuevos comerciantes,inversiones,autónomos

Documentación y tramitación

Documentación obligatoria

SOLICITUD DE LA AYUDA: 

  • Formulario de solicitud
  • Fotocopia del alta en el Impuesto de Actividades Económicas
  • Memoria técnica acerca del desarrollo de la actividad comercial minorista que incluirá:

    • Descripción de la situación de partida o inicial, objetivos que se pretenden alcanzar con la nueva idea de negocio y fases de ejecución de las acciones propuestas.
    • Análisis de la inversión, formación, asesoramiento y organización de la actividad comercial.
  • Solicitud de abono por transferencia, si nunca se han obtenido subvenciones de Gobierno de Navarra.
  • Gastos realizados entre el 11 de diciembre de 2010 y la fecha de presentación de la solicitud: Aportar la documentación indicada en el punto A) del apartado "Justificación de la ayuda"
  • Gastos a realizar entre el día siguiente al de presentación de la solicitud y el 1 de diciembre de 2011, ambos inclusive: Aportar una relación valorada y detallada de los gastos previstos en este periodo, justificada con presupuestos o facturas pro forma.

JUSTIFICACION DE LA AYUDA:

A) Gastos realizados entre el 11 de diciembre de 2010 y la fecha de presentación de la solicitud. La justificación se presentará, junto con el formulario de solicitud de la ayuda, aportando la siguiente documentación:

  • Relación valorada y detallada de los gastos realizados.
  • Fotocopia de las facturas y justificantes bancarios del pago.
  • En caso de gastos de arrendamiento, copia del contrato.

B) Gastos realizados entre la fecha de presentación de la solicitud y el 1 de diciembre de 2011, ambos inclusive. La justificación se presentará ANTES DEL 5 DE DICIEMBRE DE 2011, inclusive, acompañada de la siguiente documentación:

  • Formulario de justificación
  • Relación valorada y detallada de los gastos realizados.
  • Fotocopia de las facturas y documentos bancarios de pago.
  • En caso de gastos de arrendamiento, copia de dicho contrato si no fue aportado junto con la solicitud de la ayuda.

Tramitación presencial

Registro del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales C/Navarreria 39
31001 Pamplona (Navarra)

Pasos siguientes

  1. Una vez evaluada la solicitud, se realizará la concesión que corresponda por la totalidad de gastos del periodo acogible, que será notificada al solicitante por correo certificado.
  2. El abono de los gastos realizados entre el 11 de diciembre de 2010 y la fecha de publicación de la convocatoria, se realizará junto con la Resolución de concesión.
  3. El abono de los gastos realizados entre la fecha de publicación de la convocatoria y el 1 de diciembre de 2011, se realizará mediante Resolución de abono, una vez justificados los gastos antes del día 5 de diciembre de 2011, inclusive.

Resultados

Normativa

Contacto

  • Para consultas sobre la subvención puede dirigirse a:
    Servicio de Ordenación y Fomento del Turismo y del Comercio
    Sección de Fomento del Comercio
    C/Navarreria, 39
    31001 Pamplona
  • Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a:

Advertencia: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo. Las condiciones de este procedimiento son las publicadas en la normativa correspondiente.

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