Presentación
Aviso: Con la publicación de la Resolución 2648/2011 de 19 de octubre se suspende esta convocatoria.
Objetivo
Establecer incentivos para el fomento de la contratación y la estabilidad en el empleo subvencionando la contratación laboral de trabajadores desempleados e inscritos en las Agencias del Servicio Navarro de Empleo.
Destinatarios
Características
Tipos de subvenciones:
- 1.800 euros por cada contrato indefinido o fijo discontínuo. En el supuesto de que la empresa hubiera recibido subvención por el mismo trabajador al amparo de la Resolución 1811/2009, de 14 de mayo o de la Resolución 1272/2010, de 6 de mayo, esta cuantía será de 1.100 euros.
- 700 euros por cada contrato de duración determinada con una duración mínima de 12 meses, excepto en los contratos eventuales cuando el convenio colectivo no lo permita en los que la duración mínima será la establecida en dicho convenio y, en todo caso, con un mínimo de 6 meses. Los trabajadores habrán de ser contratados mediante oferta genérica en la Agencia de Empleo correspondiente y su contratación deberá suponer un incremento de la plantilla total de la empresa y celebrarse con desempleados que no perciban prestación contributiva de desempleo.
- 1.100 euros en los supuestos de transformación en indefinidos, durante el período de vigencia de estas bases reguladoras, de contratos subvencionados, tanto en virtud de la presente convocatoria, como a través de la Resolución 1811/2009, de 14 de mayo y de la Resolución 1272/2010, de 6 de mayo.
- 1.100 euros por cada contrato temporal de fomento de empleo de personas con discapacidad.
Las cuantías mencionadas, salvo en el caso de transformación en indefinido, se verán incrementadas con 500 euros por contrato en los siguientes supuestos:
- que la persona contratada pertenezca al colectivo de trabajadores desempleados perceptores de Renta Básica que hayan agotado la prestación contributiva o subsidio por desempleo.
- que perciban subsidio por desempleo y complemento de Renta Básica.
Los incentivos anteriores se prorratearán en proporción al tiempo de trabajo efectivo en los siguientes casos:
- Contratos que se celebren a jornada parcial, con una duración mínima del 50% de la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable
- Contratos fijos discontinuos.
Estas ayudas se aplicarán a las acciones subvencionables que se realicen desde el día 23 de marzo hasta el 20 de octubre de 2011 o hasta el límite del crédito disponible.
Plazo de presentación
Del 23-03-2011 al 20-10-2011
Plazo de solicitud: 15 días naturales a partir del dia siguiente a la fecha de contratación o transformación.
Palabras clave:ayudas, incentivar, contrato laboral, trabajo, desempleados, agencias de empleo, crisis, contratación