Empresas y titulares de vertidos de aguas a colectores públicos, cuyas instalaciones están sometidas al régimen de actividades clasificadas.
Descripción keyboard_arrow_down
Fijar los valores límite de emisión específicos, distintos a los incluidos en la normativa, para establecer las condiciones técnicas adicionales a las actividades e instalaciones que realizan vertidos de aguas a colectores públicos.
Documento técnico fundamentando la solicitud de valores límite específicos que debe incluir:
Memoria técnica explicativa de las razones de la solicitud y de las condiciones bajo las cuales se pretende o se realiza el vertido.
Analítica que justifique los valores límite de vertido que se solicitan.
Caudal del vertido para el cual se realiza la solicitud y su justificación (mediciones, ratios, etc.).
Relación concreta de parámetros contaminantes y concentraciones máximas instantáneas de los mismos, para los cuales se solicitan valores límite específicos, diferentes a los establecidos en el Anejo 3 del Decreto Foral 12/2006.
Normativa keyboard_arrow_down
Decreto Foral 12/2006, por el que se establecen las condiciones técnicas aplicables a la implantación y funcionamiento de las actividades susceptibles de realizar vertidos de aguas a colectores públicos de saneamiento.
Tramitación
Presentación de solicitudes keyboard_arrow_down
Se puede tramitar con las siguientes credenciales: