Autorización necesaria para la realización de actividades de valoración o eliminación de residuos no peligrosos (incluidos los centros de transferencia).
Presentación
Destinatarios
- Personas físicas o jurídicas que realicen actividades de gestión, tanto de eliminación como valorización de residuos no peligrosos (incluidos los centros de transferencia), indicadas en el artículo 13.1 de la Ley 10/1998, de 21 de abril de Residuos dentro de la Comunidad Foral de Navarra, excepto las actividades incluidas en los anexo 2A o anexo 2B del la Ley 4/2005, que requieren de Autorización Ambiental Integrada.
- Renovación de autorizaciones
Plazo de presentación
Abierto todo el año.
Palabras clave:valorización, eliminación, centros de transferencia, eliminación de residuos, residuos peligrosos
Documentación y tramitación
Documentación obligatoria
La autorización de gestión de residuos podrá supeditarse a la constitución de un seguro de responsabilidad civil o al depósito de una fianza para responder de las obligaciones derivadas del ejercicio de la actividad de gestión de residuos.
Tramitación presencial
Departamento de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente
C/ González Tablas, 9- Planta baja
31005 Pamplona (Navarra)
Normativa
- Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la protección ambiental.(BON N.º 39 de 1/4/2005)
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y suelos contaminados. (BOE Nº 181, de 29/7/2011)
- Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos. (BOE Nº 43, de 19/2/2002)
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (BOE Nª 285, de 27/11/1992)