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Hacienda traslada un mensaje de tranquilidad a los empresarios sobre los efectos de la reforma fiscal jueves, 10 de diciembre de 2015


El director gerente, Luis Esáin, destaca que se vuelve al escenario de 2014 y que la presión en impuesto de sociedades no es superior a la del Estado o la CAV


Sede del Departamento

Sede del Departamento de Hacienda y Política Financiera.

El director gerente de la Hacienda Navarra, Luis Esáin Equiza, ha trasladado un mensaje de “tranquilidad” a los consultores y empresarios que han acudido esta tarde a una jornada informativa sobre la reforma fiscal.

El director gerente ha resaltado que los cambios tratan de volver al escenario fiscal de 2014, puesto que el contexto presupuestario es “muy preocupante”. Asimismo, ha subrayado que la modificación del impuesto de sociedades tendrá efectos “limitados”, puesto que grosso modo se aumenta el tipo a las grandes empresas, unas 700, para las que pasa del 25% al 28%. Los tipos de las PYMES y micropymes – 23% y 19% respectivamente- seguirán por debajo que en el Estado (ambas 25%) y la CAV. Y en cuanto a SAL y cooperativas, el tipo es del 17%. En el Estado no hay trato especial.

La jornada, que será clausurada por el consejero de Hacienda y Política Financiera, Mikel Aranburu, ha sido organizada por la Asociación para el Progreso de la Dirección, Deloitte, ARPA Abogados Consultores y Bankinter, en colaboración con la Confederación de Empresarios de Navarra.

La capacidad tributaria como base del autogobierno

Durante su intervención, Esáin ha explicado que desde 2010 Navarra ha perdido 771 millones de euros de capacidad de financiación porque se ha incrementado la aportación al Estado (de 236 millones de euros a 585) y el pago de intereses de la deuda pública (de 41 millones a 107), mientras que, por otro lado, el déficit máximo autorizado ha pasado de -484 a -127 millones. Esáin ha recalcado que a estas dificultades se suma la reforma fiscal de 2014, que detraerá 103 millones de la recaudación en 2015 y 2016.

El director gerente ha indicado que la capacidad tributaria de Navarra es la base del autogobierno. Los tributos representan el 97% de los ingresos no financieros, y aproximadamente el 6,6% de la recaudación total procede del impuesto de sociedades. Con la reforma fiscal, en términos de recaudación líquida, la Hacienda Foral ingresará aproximadamente en 2017 un 10% más por este tributo.

Otras modificaciones

Según ha destacado el director gerente, la reforma fiscal mantiene o incorpora medidas que no empeoran la tributación en el Estado o la CAV, comunidad con capacidad para establecer sus propios tributos y con una estructura económica similar a la de la Comunidad Foral:

- Compensación bases imponibles: Se limita al 70% de la base del periodo (como el Estado) y con un mínimo de 1.000.000 de euros.

- Tributación mínima: se eleva al 13% de la base liquidable, pero se puede rebajar esa cuantía con la deducción de I+D+i y por producción cinematográfica.

- Activos fijos nuevos: más rigor en los requisitos, para que no se acceda a esta deducción por simple reposición de activos. Este beneficio no existe en el Estado.

- Desaparece el tipo especial de las SICAVs (1%): como en la CAV, tributarán a tipo general.

- Desaparece el régimen de las Sociedades de Promoción de empresas, como en la CAV.

- Deducción por I+D+i: se mantienen tipos de deducción más favorables que en el Estado.

- Deducción por patrocinio deportivo, cultural y de asistencia social: se aclara su regulación, que no tiene equivalente en el Estado y que en la CAV es del 18%. Hasta 30.000 euros de donativo: 30%. Exceso hasta 60.000: 35%. Más de 60.000: 40%.

- Deducción por creación de empleo: se exige que sea empleo de calidad (1,5 veces el SMI) y estable (mínimo a 2 años).

- Deducciones por IVPEE satisfecho: se limita a 500 euros por sujeto pasivo. Esta deducción no existe en ningún otro territorio. También hay deducciones por instalaciones de autoconsumo (biomasa, geotermia, solar, etc).

- Deducción por producción cinematográfica: se mantiene en mejores condiciones de tipos y límites que en el Estado y la CAV.

- Reserva especial para inversiones: se mantiene intacta.

- Exención por reinversión: se mantiene y es un beneficio que no existe en el Estado ni en la CAV.

- Deducción para entidades de capital riesgo: 20% de las aportaciones a estas entidades. Este beneficio no existe en el Estado.


Nota de prensa:

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