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Se garantiza el servicio del 100% del transporte escolar y laboral y el 28% del interurbano en la huelga indefinida convocada a partir de mañana
martes, 21 de mayo de 2013


El consejero Zarraluqui se ha reunido con los representantes de la patronal y de los sindicatos con el objeto de conocer el estado de las negociaciones entre ambos


El Gobierno de Navarra ha establecido servicios mínimos del 100% del transporte escolar y laboral y del 28% del transporte interurbano para la huelga indefinida del transporte de viajeros que han convocado CCOO, ELA, UGT y LAB, a partir de mañana, 22 de mayo, para exigir la renovación del convenio colectivo del sector de transporte de viajeros por carretera de Navarra.

El consejero de Fomento, Luis Zarraluqui, ha mantenido sendas reuniones con los empresarios del transporte por carretera y con los representantes sindicales con el objeto de conocer el estado de las negociaciones.  

Finalmente, la representación sindical ha decidido mantener la huelga, convocada con carácter indefinido desde las 00:00 horas del día 22 de mayo.

Por ello, el Gobierno de Navarra ha procedido a definir los servicios mínimos del transporte regular de viajeros por carretera en la Comunidad Foral de Navarra, con el fin de compatibilizar el derecho de huelga con otros derechos de los ciudadanos, también fundamentales, que podrían verse afectados, como el derecho a la educación, a la salud o al libre desplazamiento.

El transporte interurbano de viajeros

Respecto del transporte regular interurbano de viajeros de uso general, la Administración de la Comunidad Foral de Navarra ostenta la titularidad de 39 concesiones de transporte público regular de viajeros de uso general, además de las autorizaciones administrativas especiales. El Servicio de Transportes estima que se realizan 162.046 expediciones a lo largo del año, transportando aproximadamente 2.700.000 viajeros. Por lo tanto, cada día, de media, utilizan el autobús interurbano para sus desplazamientos 7.500 usuarios.

 

Por ello, y con objeto de atender debidamente las necesidades de desplazamiento de la población afectada, se considera conveniente establecer unos servicios mínimos del 28%, garantizando en todo caso una expedición diaria de ida y otra de vuelta en cada concesión. Estas expediciones deberán atender todos los itinerarios autorizados en el título concesional.

El transporte escolar

Durante el curso escolar 2012-2013, en los colegios e institutos públicos, 10.846 alumnos de toda Navarra utilizan el transporte escolar contratado por el Departamento de Educación, cifra a la que deben añadirse los que utilizan el servicio de transporte escolar en la red concertada. En la actualidad están vigentes 611 autorizaciones de transporte escolar.

El Gobierno de Navarra considera que el transporte escolar atiende a un sector de la población merecedor de especial protección por su particular indefensión, derivada de la carencia de autonomía personal debido a la edad y de la ausencia de medios alternativos de transporte suficientes y que cuenten con los requisitos de seguridad exigidos en el Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores.

El Departamento de Fomento considera que el transporte regular no es alternativa dado que no cumple ni las especiales condiciones de seguridad. Tampoco es posible la reducción de expediciones, ya que las rutas únicamente tienen una expedición de ida al centro escolar y otra de regreso al domicilio. Además, tampoco es posible la reagrupación de rutas dado que los vehículos están contratados por su capacidad y en la mayoría de los casos tienen máxima ocupación. Por ello, se considera necesario garantizar todos los servicios cuyo origen-destino sea el domicilio-centro escolar.

Transporte laboral

En lo que respecta al transporte regular de uso especial de trabajadores, en la actualidad están vigentes 42 autorizaciones de transporte laboral. Para la fijación de estos servicios mínimos se ha considerado la existencia de transporte regular de uso general alternativo coincidente con el servicio de transporte laboral. Si no existiese transporte regular de uso general alternativo coincidente, se mantendrán como servicios mínimos todas las expediciones.

Además, se deben garantizar, por su especial vulnerabilidad, todos los servicios del transporte de discapacitados físicos y psíquicos a los centros educativos y ocupacionales.

El criterio seguido para el establecimiento de servicios mínimos es el de que se garantiza, en todo caso, en cada una de las concesiones la realización de un trayecto de ida y otro de vuelta, así como la cobertura de todos los itinerarios, criterio que, aplicado al transporte escolar y laboral, en la práctica supone establecer el mantenimiento de este transporte.

A su vez, para el establecimiento de estos servicios en el transporte para escolares y trabajadores se han tenido en cuenta los precedentes de servicios mínimos fijados en anteriores huelgas sectoriales de carácter indefinido.

Finalmente, la Orden foral establece que en las estaciones de autobuses se mantendrán aquellas actividades indispensables para hacer frente a los servicios mínimos señalados anteriormente.

Asimismo, se añade que deberá permanecer en activo la plantilla necesaria para garantizar la realización de los servicios señalados, considerándose ilegal el quebrantamiento o alteración de estos servicios e incurriendo en responsabilidad quienes los incumpliesen.

 


Nota de prensa:

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Gobierno de Navarra

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