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Atención Ciudadana
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012*
Horario:
De 8h a 19h de lunes a viernes.
E-mail: navarra@navarra.es
*Coste de la llamada: 0'34 euros independientemente de la duración.
Las personas beneficiarias estarán sometidas al cumplimiento de algunas obligaciones, y se regularán las pautas y actividades que deberán realizar los miembros de la unidad familiar para favorecer su inserción social y laboral
La situación de la unidad familiar del beneficiario determinará que suscriba el Acuerdo de Incorporación Social o, en su caso, el Acuerdo de Incorporación Sociolaboral. Dichos acuerdos establecerán las pautas y actividades que deberán realizar los miembros de la unidad familiar para favorecer su inserción social y laboral (asistencia a centros ocupacionales, adquisición de nuevos conocimientos educativos y formativos y, en su caso, acceso a la formación y el empleo).
El decreto recoge, asimismo, las subvenciones a la contratación directa de las personas perceptoras de la renta de inclusión social, presentadas recientemente por la Presidenta Barcina; una medida que fomenta, con una ayuda de más de 3.800 euros, la contratación de perceptores de la renta de inclusión social por parte de empresas y entidades locales.
La ayuda para la incorporación sociolaboral y la mejora de la empleabilidad
La incorporación sociolaboral y mejora de la empleabilidad se trata, asimismo, de una prestación garantizada. Es una ayuda periódica destinada a las personas que carecen de empleo y de prestaciones de desempleo y tiene como finalidad favorecer su retorno al mercado laboral. Su percepción es incompatible con la renta de inclusión social.
El proyecto de DF también establece requisitos de acceso, como ser mayor de 45 años y menor de 65, y estar empadronado y acreditar la residencia continuada y efectiva en Navarra durante al menos 24 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. No obstante, también se establecen algunas excepciones, por ejemplo, la que permite recibirla a mayores de 30 y menores de 45 con hijos a su cargo.
El importe de la ayuda será, con carácter general, de 641,40 euros mensuales, si bien la cuantía aumentará en función del número de miembros de la familia hasta los 833,82 euros en caso de que haya tres o más hijos a cargo y/o menores acogidos. Se concederán por un período inicial de 12 meses, y se podrá renovar por períodos de seis meses, hasta un máximo de 24. No obstante, las ayudas serán decrecientes a partir del decimotercer mes.
Las personas beneficiarias estarán sometidas al cumplimiento de algunas obligaciones, tales como la residencia efectiva y continuada en Navarra, realizar una búsqueda activa de empleo, o suscribir y cumplir el correspondiente Acuerdo de Incorporación sociolaboral.
Como en el caso anterior, este acuerdo se desarrolla convenientemente en este decreto, recogiendo el compromiso expreso del beneficiario, a través de la firma de este acuerdo, de que realizará las actividades que se estimen oportunas para favorecer su incorporación social, la formación y la búsqueda de empleo, o el desarrollo comunitario. En este sentido, el Servicio Navarro de Empleo realizará unos itinerarios personalizados que, en principio, tendrán una duración de no más de seis meses.
Se recogen, asimismo, las subvenciones a la contratación directa de las personas perceptoras de esta ayuda, así como la posibilidad de suscribir convenios con entidades para el desarrollo de actividades de interés comunitario en las que puedan participar los beneficiarios de las ayudas.
Finalmente, se incluyen las actuaciones de comprobación de la situación del beneficiario y el grado de cumplimiento de sus compromisos, así como las de suspensión cautelar o extinción del derecho a la ayuda.
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