Ver más noticias de este día
El Gobierno aprueba el proyecto de Ley Foral de Cooperativas de Navarra
lunes, 03 de julio de 2006
Introduce diversas novedades con respecto a la actual Ley de 1996
El Gobierno de Navarra ha aprobado hoy el proyecto de Ley Foral de Cooperativas de Navarra, que será remitido al Parlamento de Navarra para su debate y, en su caso, aprobación. El proyecto introduce diversas novedades con respecto a la actual Ley de Cooperativas de Navarra, que data de 2 de julio de 1996, y que según indica el informe "ha sido durante su vigencia un instrumento eficaz para la defensa del movimiento cooperativo en Navarra ante los retos a los que se ha visto sometido tras la incorporación en Europa, propiciando mecanismos jurídico-económicos necesarios a tal finalidad".
El proyecto atiende las peticiones formuladas desde los distintos sectores del cooperativitos navarro, en especial desde el agrario para dar respuesta al plan especial de reestructuración de sus cooperativas. Así, el proyecto de Ley Foral hoy aprobado regula las siguientes novedades con respecto a la anterior Ley Foral de Cooperativas de Navarra:
- Se reducen de cinco a tres el número mínimo de socios para constituir cooperativas de trabajo asociado, facilitando de esa manera su constitución y la creación de puestos de trabajo en las empresas de economía social.
- Se amplían los supuestos para adquirir la condición de socio colaborador.
- Igualmente, se amplía del 25% al 50% del valor de adquisición del inmovilizado el límite para atribuir a la Asamblea General la determinación de la política de inversiones a realizar en dichas entidades, reduciéndolo en el mismo tanto por ciento respecto a las facultades atribuidas al Consejo Rector de las mismas.
- Se permite el nombramiento como consejeros de personas cualificadas que no ostenten la condición de socio, siempre que no excedan de un tercio del total de los mismos.
- Se establecen nuevos preceptos al objeto de adecuar a las necesidades actuales las cooperativas de segundo grado en cuanto a su régimen de capital social, fondos y demás aspectos económicos que les son de aplicación.
- Se fomentan nuevas vías de financiación para los procesos de reconversión, integración y relanzamiento de cooperativas, dentro del proceso de reestructuración del sector de las cooperativas agrarias, con cargo a los fondos de las mismas.
- Se fortalece la posición de la cooperativa respecto sus socios en el supuesto de la existencia de pérdidas dentro de un ejercicio económico determinado.
- Se regula la figura de la transformación de cooperativas en sociedades civiles o mercantiles, así como a la inversa, la transformación de sociedades y agrupaciones de carácter no cooperativo en sociedades cooperativas.
- Se matiza el objeto social de las distintas subclases de las cooperativas agrarias.
- Se amplía, para las cooperativas agrarias, de cinco a diez votos la ponderación del voto del socio en la asamblea general, sin que la misma pueda ser inferior a tres votos.
- Se permite la existencia de un Consejo Social para aquellas cooperativas de trabajo asociado que cuenten con más de 50 socios trabajadores.
- Se regula el voto ponderado en las cooperativas de servicios.
- Se instaura la figura de las cooperativas de iniciativa social, incorporando lo establecido respecto a las mismas por la Ley Foral 5/2006, de 11 de abril, de modificación de la Ley Foral 12/1996, de 2 de julio, de Cooperativas de Navarra, para la adición de la regulación de las cooperativas de iniciativa social.
- Se regulan las figuras jurídicas del Grupo Cooperativo, de la Cooperativa Mixta y de la Cooperativa Integral.
- Finalmente, se acomoda a la Ley 27/1999, de 16 de julio, General de Cooperativas, en cuanto a su ámbito de aplicación, clarificándolo de tal forma que esta Ley Foral será aplicable a todas las sociedades cooperativas con domicilio en la Comunidad Foral de Navarra que desarrollen con carácter principal su actividad cooperativizada en la misma.