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Gobierno de Navarra y Ayuntamiento de Huarte firman un convenio para elaborar la redacción del Plan General Municipal de la localidad

viernes, 18 de febrero de 2005

El consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra, José Andrés Burguete Torres, y el alcalde del Ayuntamiento de Huarte, José Iriguibel López, han suscrito hoy un convenio de colaboración para elaborar la redacción del Plan General Municipal de Huarte.


Un momento de la firma del convenio.

El consejero Burguete y el alcalde Huarte, en el momento de la firma del convenio. ( ampliar imagen )

El presupuesto de elaboración de los trabajos de redacción será de 80.000 euros. El Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda subvencionará el 80% de dicho presupuesto. Asimismo, y de acuerdo con el artículo 65.3 de la Ley Foral 35/02, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se crea una Comisión de Seguimiento compuesta por miembros del Ayuntamiento Huarte, entre ellos su alcalde, y personal del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.


El Plan General Municipal de Huarte deberá recoger entre sus determinaciones los objetivos, criterios y medidas, que los distintos departamentos del Gobierno de Navarra y Organismos Públicos con incidencia territorial hayan expuesto en sus respectivos informes, en el marco de sus competencias legales.

Así los objetivos de interés Foral son:
- Cumplimiento de las determinaciones de las Normas Urbanísticas Comarcales vigentes o del Plan de de Ordenación del Territorio que las sustituya. En particular, el Plan General Municipal prestará atención a las determinaciones territoriales estructurantes.
- Protección de los cerros del Monte Miravalles y Urbizkain hasta que se resuelva la propuestas NUC de la Comarca de Pamplona del complejo San Cristóbal-Ezkaba de espacio natural. En su caso, preservación de ambos espacios montanos como suelos no urbanizables forestales.
- Los ríos Arga y Ultzama considerarán su ordenación incorporando el PSIS vigente del Parque Fluvial de la Comarca. Asimismo, el río Urbi recibirá una protección específica como curso fluvial silvestre a su paso por el municipio.
- Protección urbanística como reserva paisajista de las colinas del paraje Altxutxate.
- Protección y ordenación del vial comarcal RVI-1 (vía interurbana periférica) en el paraje Auzolarre.
- Protección del antiguo trazado del ferrocarril Irati como itinerario "vía verde", resolviendo su continuidad y ordenación urbanística.
- Coordinación administrativa, territorial y urbanística con los municipios vecinos de Egüés y Esteríbar, particularmente en la continuidad de la reserva vial RVI-1, en la ordenación urbanística del sector Olloquilandia y en la vía verde del Irati.
- Preservación como suelo no urbanizable de la vega del río Arga, en los parajes Rebutozar-Zumedia, Berroa-El Soto-Olatz Txipi y Ezpeleta-Ezpelegain, por razón de alta productividad agrícola (áreas regables) y por razón de riesgo de inundabilidad.
- El Ayuntamiento considerará la posible necesidad de algún viario estructurante municipal para aumentar la conectividad rodada de algunas zonas.
- Propuesta urbanística de reposición de la cañada P-26 a su paso por la zona de Itaroa.



Por su parte, los objetivos urbanísticos municipales que plantea inicialmente el Ayuntamiento de Huarte son:
- Calidad de vida: el Plan General Municipal debe perseguir en primer lugar la mejora de la calidad de vida de los habitantes del Valle.
- Uso racional del suelo y edificaciones: el Plan debe propiciar una organización racional y conforme al interés general de ocupación y uso del suelo, así como del destino de las edificaciones, construcciones e instalaciones.
- Preservación del medio ambiente: abarcará tanto la realidad urbana, como la del medio natural, los valores artísticos e históricos, sin olvidar la dimensión económica y social.
- Procurará la sostenibilidad del municipio tanto desde el punto de vista urbanístico, como económico, social y medioambiental.
- Definición de una estrategia y un modelo de ocupación del suelo.
- Ordenación estructurante: establecerá las determinaciones de ordenación en los términos establecidos en la legislación urbanística vigente; los sistemas generales y locales serán los adecuados para el servicio de la población (espacios libres, zonas verdes y equipamientos sanitarios, educativos, de bienestar social, socioculturales y educativos); y previsión y justificación de la adecuación de las conexiones previstas a la red viaria general y la suficiencia de insfraestructuras y servicios urbanísticos existentes o previstos.
- Sostenibilidad económica del municipio: previsión de forma equilibrada de la implantación de usos residenciales y de actividades económicas, procurando como objetivo la viabilidad financiera del municipio y su organización.
- Bioclimatismo: consideración en los nuevos desarrollos y asentamientos urbanos de los criterios de urbanismo y arquitectura bioclimáticos.
- Evaluación medioambiental: integración en la ordenación urbanística el respeto y la preservación de los valores ambientales tanto de medio ambiente urbano, como del natural.
- Intensidad y tipología edificatoria en los nuevos desarrollos urbanos en atención a las características urbanas o rurales del Valle.
- Integración del planeamiento supramunicipal.


Gobierno de Navarra

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