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Base 1._Normas generales.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante oposición, de una plaza de Técnico de Gestión Administrativa, vacante en los Servicios Generales del Parlamento de Navarra.
1.2. El nombramiento conferirá al aspirante aprobado, todos los derechos y deberes que correspondan al Cuerpo de Técnicos, Escala de Técnicos Diplomados, y ejercerá las funciones propias de las que tenga encomendadas el Servicio al que esté adscrito, en materia de gestión administrativa y económica.
Los cometidos asignados a la plaza son, entre otros, los siguientes:
a) Gestión y apoyo técnico en el desarrollo y seguimiento de los diferentes expedientes administrativos (personal, contratación, patrimonio, etc.).
b) Gestión y apoyo técnico en el seguimiento de la tramitación y gestión parlamentaria.
c) Utilización y gestión de tecnologías aplicadas a las funciones que se han descrito.
d) Emisión de informes y propuestas derivados de las funciones antes citadas.
e) Cualquiera otra función propia de su nivel y categoría que, en su caso, se le encomiende.
1.3. La plaza vacante está dotada con las remuneraciones correspondientes al nivel B de la actual clasificación de puestos de trabajo y las retribuciones complementarias atribuidas en la plantilla orgánica vigente del Parlamento de Navarra.
1.4. El aspirante que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas y resultar nombrado para el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, ingrese en el Parlamento de Navarra y adquiera la condición de funcionario, será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.
El funcionario que resulte nombrado para el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria y esté ya afiliado al régimen de derechos pasivos y asistencia sanitaria y social a que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, podrá optar por mantenerse en el mismo o afiliarse al de la Seguridad Social.
1.5. La jornada de trabajo será la establecida por los órganos competentes del Parlamento, pudiendo ser modificada cuando se requiera por razones del servicio.
Base 2._Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos a la presente oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser mayor de edad.
c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Arquitecto o Ingeniero Técnico, Formación Profesional de Tercer Grado o titulaciones equivalentes o superiores, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.
e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
2.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga el puesto de trabajo, en el plazo y forma previstos en la base séptima de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, los aspirantes deberán reunir los requisitos a que se refiere esta base 2.ª durante todo el tiempo que dure el procedimiento de selección, entendiendo que éste finaliza en el momento del nombramiento.
Base 3._Instancias.
3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Parlamento de Navarra (calle Navas de Tolosa, número 1, 31002 Pamplona) en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I en la presente convocatoria, que será facilitado en el Registro General del Parlamento de Navarra, calle Navas de Tolosa, 1, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
3.2. Las personas con minusvalías podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, en cuyo caso deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen y la adaptación solicitada.
3.3. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.
Base 4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.
4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente del Parlamento dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra.
4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.
4.3. Si no se hubiera presentado ninguna instancia dentro del plazo establecido, la Mesa del Parlamento de Navarra dictará resolución declarando desierta la convocatoria. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra.
4.4. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Presidente del Parlamento de Navarra dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra.
4.5. Si no hubiera aspirantes excluidos se aprobará directamente la lista definitiva.
Base 5._Composición, constitución y actuación del Tribunal calificador.
5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:
_Presidente: A designar por la Mesa del Parlamento de Navarra.
_Presidente suplente: A designar por la Mesa del Parlamento de Navarra.
_Vocal: Don Francisco Javier del Cerro Paúl, Jefe de los Servicios Generales del Parlamento de Navarra.
_Vocal suplente: Doña María Victoria Larrañeta Lizarraga, Técnico Diplomado del Parlamento de Navarra.
_Vocal: Don Fernando Zulet Recalde, Jefe del Servicio de Intervención y Asuntos Económicos.
_Vocal suplente: Doña Laura Vidán Astíz, Técnico de Gestión Administrativa del Parlamento de Navarra.
_Vocal: Don Ander Irizar Apaolaza, funcionario designado por la Junta de Personal del Parlamento de Navarra.
_Vocal suplente: Don Eduardo Aranaz Jiménez funcionario designado por la Junta de Personal del Parlamento de Navarra.
_Vocal Secretario con voz y voto: Don Adolfo Morales Gordo, Letrado del Parlamento de Navarra.
_Secretario suplente con voz y voto: Don Miguel Esparza Oroz, Letrado Mayor Adjunto del Parlamento de Navarra.
El Tribunal deberá constituirse antes del inicio de las pruebas selectivas.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Mesa, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común.
5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Para la válida constitución del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.
5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.
5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal dentro de los límites impuestos por el ejercicio de sus respectivas especialidades técnicas.
5.6. En la valoración de los diversos ejercicios, el Tribunal procederá, si no existe acuerdo unánime, a la suma de las calificaciones parciales de cada miembro dividida por el número de ellos. Cuando entre las puntuaciones otorgadas existiera una diferencia de un cuarenta por ciento o más, calculada sobre la máxima puntuación que pueda otorgar cada uno, serán automáticamente excluidas las calificaciones máxima y mínima, y se obtendrá la puntuación media a partir de las calificaciones restantes.
5.7. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.
Base 6._Desarrollo de la oposición.
6.1. La oposición dará comienzo en el mes de noviembre de 2007. En el mismo acto por el que se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas. Posteriormente, el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.
6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:
_Primer ejercicio:
Consistirá en exponer por escrito, durante el tiempo máximo de 5 horas, tres temas escogidos al azar, uno de cada una de las tres partes del temario del Anexo II de la convocatoria.
Este ejercicio será leído por los aspirantes al Tribunal en acto público.
_Segundo ejercicio:
Se dividirá en dos partes
1.ª Desarrollar y resolver las cuestiones y supuestos prácticos que el Tribunal proponga sobre los temas que figuran en la parte segunda del temario del Anexo II de la convocatoria. La duración máxima de este ejercicio será de tres horas y treinta minutos.
2.ª Desarrollar y resolver las cuestiones y supuestos prácticos que el Tribunal proponga sobre los temas que figuran en la parte tercera del temario del Anexo II de la convocatoria. La duración máxima de este ejercicio será de dos horas.
Durante el desarrollo de estas pruebas no podrán los candidatos hacer uso de texto legal alguno o libro de consulta que no haya sido facilitado previamente por el Tribunal.
6.3. El desarrollo de los ejercicios se efectuará a través del sistema de plicas cerradas. La apertura de las mismas se efectuará en acto público, anunciado con un mínimo de veinticuatro horas de antelación en el Tablón de anuncios del Parlamento.
6.4. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar hasta un máximo de 150 puntos, que quedarán distribuidos de la siguiente forma en relación con las pruebas de la misma:
_Primer ejercicio:
Hasta un máximo de 60 puntos, quedando eliminado el opositor que no alcance un mínimo de 30 puntos. Igualmente quedarán eliminados los aspirantes que sean calificados con cero puntos en cualquiera de los tres temas de los que consta el ejercicio
_Segundo ejercicio:
1.ª parte: Hasta un máximo de 60 puntos, quedando eliminado el opositor que no alcance un mínimo de 30 puntos
2.ª parte: Hasta un máximo de 30 puntos, quedando eliminado el opositor que no alcance un mínimo de 15 puntos.
6.5. La calificación de los ejercicios por el Tribunal se efectuará de acuerdo a lo previsto en la base 5.6.
6.6. Una vez terminado cada ejercicio, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios del Parlamento de Navarra la lista de aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, la fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.
6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan.
6.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.
Base 7._Relación de aprobados y presentación de documentos.
7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios del Parlamento de Navarra la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios de la oposición, y elevará a la Mesa del Parlamento propuesta de nombramiento a favor del aspirante con mayor puntuación.
7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación en el "Boletín Oficial del Parlamento de Navarra" de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar en el Registro General de la Cámara los documentos siguientes:
a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad o identidad del aspirante.
b) Fotocopia compulsada del título exigido en la Base segunda de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.
c) Informe expedido por el Instituto Navarro de Salud Laboral acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.
En el caso de aspirante que hubiera alegado una minusvalía deberá aportar, además, una acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.
d) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.
7.3. Quien, dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.
7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la Mesa del Parlamento de Navarra cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.
Base 8._Nombramiento y toma de posesión.
8.1. La Mesa del Parlamento de Navarra nombrará, mediante Acuerdo, funcionario del Parlamento de Navarra para desempeñar el puesto de Técnico de Gestión Administrativa al aspirante que hubiera dado cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.
8.2. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
8.3. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, y salvo caso de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos a desempeñar el puesto de trabajo objeto de la convocatoria. En tal supuesto estará a lo establecido en el apartado 7.4.
Base 9._Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases, el acuerdo de nombramiento y demás acuerdos que adopte la Mesa de la Cámara en relación con la presente convocatoria cabe interponer uno de los siguientes recursos:
a) Recurso potestativo de reposición ante la Mesa del Parlamento de Navarra en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto o acuerdo.
b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contados desde la publicación o notificación del acuerdo.
Contra los demás actos de aplicación de la presente convocatoria que adopten el Presidente del Parlamento o el Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante la Mesa del Parlamento de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación o notificación del acto o acuerdo.
ANEXO I
Modelo de instancia
Don/Doña ...................., mayor de edad, provisto/a con Documento Nacional de Identidad número ...................., y nacido/a el día .... de .......... de 19...., natural de ....... (............), con domicilio actual en ........ (............), calle .............., código postal ........., teléfono ..............
Ante V.E. comparece y como mejor proceda dice:
_Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza de Técnico de Gestión Administrativa, vacante en los Servicios Generales del Parlamento de Navarra.
_Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.
_Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.
_Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
_Que está en posesión de la titulación señalada en la base segunda de la convocatoria.
_Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
_Que Sí/No padece minusvalía, por lo que solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y de las adaptaciones que se solicitan).
Por lo expuesto,
Suplico se sirva admitir la presente instancia y en su virtud le haga ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza de Técnico de Gestión Administrativa al servicio del Parlamento de Navarra.
Pamplona, ...... de ................ de 2007.
ANEXO II
Temario primera parte
Tema 1._La Constitución Española de 1978: Principios generales. Derechos y deberes fundamentales.
Tema 2._La Constitución Española de 1978: Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado. Composición y funciones.
Tema 3._La Constitución Española de 1978: El Gobierno y la Administración del Estado.
Tema 4._La Constitución Española de 1978: El Poder Judicial: Configuración constitucional. El Tribunal Constitucional: Composición, naturaleza y competencias.
Tema 5._La Constitución Española de 1978: Principios de la organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Principios constitucionales y organización institucional de las mismas. La Administración local.
Tema 6._La organización de la Unión Europea. El Parlamento. El Consejo Europeo. La Comisión Europea. El Consejo (de Ministros). El Tribunal de Justicia. Otras instituciones.
Tema 7._Los derechos y libertades de los ciudadanos de la Unión Europea. La ciudadanía europea.
Tema 8._Las Fuentes del ordenamiento jurídico comunitario: El ordenamiento jurídico comunitario. El derecho originario. El derecho derivado: Los actos de las instituciones.
Tema 9._La Disposición adicional primera de la Constitución Española de 1978. El Texto sobre Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra: Naturaleza y significado. Estructura y sistemática. Antecedentes. Elaboración. Contenido.
Tema 10._El Parlamento o Cortes de Navarra. Breve referencia histórica. Autonomía institucional. El Reglamento del Parlamento de Navarra: De la constitución del Parlamento de Navarra.
Tema 11._El Reglamento del Parlamento de Navarra: Los Parlamentarios Forales. Los Grupos Parlamentarios.
Tema 12._El Reglamento del Parlamento de Navarra: La organización del Parlamento de Navarra. El Presidente, la Mesa y la Junta de Portavoces. Las Comisiones, el Pleno y la Comisión Permanente.
Tema 13._El Reglamento del Parlamento de Navarra: Funcionamiento del Parlamento: Las sesiones, el orden del día, las votaciones, el cómputo de plazos y la presentación de documentos. De las publicaciones y la publicidad de sus trabajos.
Tema 14._El Reglamento del Parlamento de Navarra: El procedimiento legislativo ordinario. Los procedimientos legislativos especiales. Las interpelaciones y preguntas. Las mociones.
Tema 15._La Cámara de Comptos de Navarra: Breve análisis de su naturaleza, funciones, organización y funcionamiento.
Tema 16._La Ley Foral del Vascuence y su desarrollo reglamentario. El uso del vascuence en las Administraciones Públicas de Navarra.
Tema 17._El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. Estatuto del Defensor del Pueblo. Funciones, organización y funcionamiento.
Tema 18._El Gobierno de Navarra. Funciones. Composición, nombramiento, constitución y cese. Atribución y competencias. Funcionamiento. Organos de asistencia y apoyo. Responsabilidad política, control parlamentario y disolución del Parlamento de Navarra.
Tema 19._La Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Principios generales establecidos en la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Organización: principios generales y estructura orgánica, órganos colegiados y competencias de los órganos administrativos.
Temario segunda parte
Tema 1._Los principios generales del régimen jurídico de las Administraciones Públicas. Los órganos de las Administraciones Públicas.
Tema 2._Los interesados en el procedimiento administrativo. La actividad en las Administraciones Públicas. Normas generales, términos y plazos.
Tema 3._Las disposiciones y los actos administrativos. Requisitos de los actos administrativos. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad.
Tema 4._Las disposiciones generales de los procedimientos administrativos: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento. Ejecución.
Tema 5._La revisión de los actos en vía administrativa: Revisión de oficio y recursos administrativos.
Tema 6._La potestad sancionadora. La responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio.
Tema 7._La Ley Foral de Contratos Públicos: Ambito y normas generales de aplicación. Los contratistas. Disposiciones comunes a los contratos de las Administraciones Públicas. Actuaciones previas a la adjudicación.
Tema 8._La Ley Foral de Contratos Públicos: Procedimientos y criterios de adjudicación. Sistemas para la mejora de la gestión de la contratación. Normas de publicidad y plazos. Adjudicación, perfección y formalización.
Tema 9._La Ley Foral de Contratos Públicos: Ejecución de los contratos. Retribución y revisión de precios. Extinción e invalidez de los contratos. Las reclamaciones y otras medidas de control.
Tema 10._El ordenamiento tributario de la Comunidad Foral de Navarra: Principios generales. Normas tributarias: principios generales y aplicación.
Tema 11._Los tributos: Clases y elementos (hecho imponible, obligados tributarios, la base imponible y la deuda tributaria).
Tema 12._El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en la Comunidad Foral de Navarra. Análisis de su contenido.
Tema 13._El Impuesto sobre el Valor Añadido en la Comunidad Foral de Navarra. Análisis de su contenido.
Tema 14._Régimen General de la Seguridad Social: Inscripción de empresas y afiliación, altas y bajas de los trabajadores, cotización y recaudación.
Tema 15._Régimen General de la Seguridad Social: Acción protectora: Incapacidad Temporal, invalidez y maternidad. Breve referencia a la jubilación en su modalidad contributiva.
Tema 16._Real Decreto 705/1999, de 30 de abril, de los convenios especiales entre las Cámaras Legislativas de las Comunidades Autónomas y la Tesorería General de la Seguridad Social y su aplicación al Parlamento de Navarra.
Temario tercera parte
Tema 1._El Estatuto del personal del Parlamento de Navarra: El personal del Parlamento de Navarra. El ingreso y cese. Las situaciones administrativas.
Tema 2._El Estatuto del personal del Parlamento de Navarra: La provisión de puestos de trabajo. Los derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Régimen disciplinario.
Tema 3._El Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Análisis de su contenido. Su aplicación en el Parlamento de Navarra.
Tema 4._El sistema retributivo del personal al servicio del Parlamento de Navarra. La plantilla orgánica y la relación de funcionarios.
Tema 5._El Reglamento de Organización del Parlamento de Navarra: La Administración Parlamentaria.
Tema 6._El Reglamento de Organización del Parlamento de Navarra: El Servicio de Intervención y Asuntos Económicos. La intervención.
Tema 7._El Reglamento económico-financiero del Parlamento de Navarra: El Presupuesto: Elaboración y aprobación. Las modificaciones presupuestarias.
Tema 8._El Reglamento económico-financiero del Parlamento de Navarra: La ejecución del presupuesto. Liquidación y aprobación de las cuentas.
Tema 10._Los Presupuestos Generales de Navarra: Estructura y contenido. Aprobación y ejecución.
Tema 11._La Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra: De las operaciones financieras. De los avales. De la tesorería.
Tema 12._La Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra: Del control. Contabilidad. De las responsabilidades.
Tema 13._Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra. Análisis de su contenido.
Tema 14._Plan General de Contabilidad Pública de 1994: Principios contables. Cuadro de Cuentas.
Tema 15._Plan General de Contabilidad Pública de 1994: Definiciones y relaciones contables.
Tema 16._Plan General de Contabilidad Pública de 1994: Cuentas anuales. Normas de valoración.
Tema 17._Estadística: Medidas de posición: Centrales y no centrales. Medidas de dispersión absolutas y relativas. Medidas de concentración.
Tema 18._Estadística: Números índices: Simples y complejos. Deflactación de series estadísticas. Enlaces y cambios de base. Indices más utilizados. Especial referencia al IPC.
Pamplona, 15 de mayo de 2007
El Presidente, Rafael Gurrea Induráin.
Código del anuncio: F0708481