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Con fecha 8 de marzo de 2007 ha tenido entrada en este Departamento el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio del sector "Comercio Mixto Mayorista de Productos Químicos y Especialidades Farmacéuticas", correspondiente al año 2007, suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, en cumplimiento de lo pactado en el citado Convenio (Expediente inicial número 48/2006).
Siendo el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, de transferencias laborales estatales a la Comunidad Foral de Navarra; y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
RESUELVO:
1. Proceder al registro del Acuerdo de Revisión Salarial del sector "Comercio Mixto Mayorista de Productos Químicos y Especialidades Farmacéuticas" (Código número 3102105), de Navarra, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.
2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.
3. Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.
Pamplona, 14 de marzo de 2007._El Director General de Trabajo. José María Roig Aldasoro.
ACUERDO DE REVISION SALARIAL, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2007, DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR "COMERCIO MIXTO MAYORISTA DE PRODUCTOS QUIMICOS Y ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS", DE NAVARRA
ACTA
En Pamplona a 5 de marzo de 2007, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio del Comercio Mixto Mayorista de Productos Químicos y Especialidades Farmacéuticas, integrada por don Javier Taberna Jiménez actuando en representación de la Asociación de Empresarios de Químicas de Navarra (ADEQUIN), don Oskar Rodríguez Caparros actuando en representación de la central sindical ELA y doña Alicia Sanz Pascual, la cual actúa en representación de la central sindical UGT,
ACUERDAN:
Primero._Aprobar la revisión salarial de las tablas salariales anexas a la presente acta una vez conocido el IPC estatal del año 2006 que ha sido de 2,7%, por lo que con el fin de cumplir con lo establecido en el artículo 6 del vigente Convenio, que establece que: "las tablas salariales del año 2006 se incrementarán con el IPC real del año 2006 más 0,5 puntos", la subida para el año 2007 será de un 3,2% (2,7% + 0,5%).
Las partes estiman correctas las tablas salariales adjuntadas como anexo I, firmando la presente acta y su anexo en prueba de conformidad.
Segundo._Las partes se comprometen a efectuar el trámite reglamentario remitiendo la tabla de referencia al Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo del Gobierno de Navarra para su trámite reglamentario y publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión firmando todos los asistentes en prueba de conformidad.
Por ADEQUIN, Don Javier Taberna Jiménez
Por ELA, Don Oskar Rodríguez Caparros.
Por UGT, Doña Alicia Sanz Pascual.
ANEXO I
Tabla salarial para el año 2007
Director Térmico 1.812,14
Jefe de Personal 1.456,51
Jefe de Ventas 1.456,51
Jefe de Compras 1.456,51
Encargado General 1.456,51
Jefe Administrativo 1.543,37
Jefe de Almacén 1.243,39
Jefe de Sucursal 1.153,73
Contable 1.093,95
Jefe Sección Almacén 1.093,95
Encargado de Establecimiento 1.093,95
Viajante 1.093,95
Dependiente 1.045,61
Oficial Administrativa 1.093,95
Dependiente Mayor 1.093,95
Profesional de Oficio 1.006,85
Auxiliar Admtva. de más de 25 años 1.006,85
Ayudantes 958,45
Mozos 958,45
Auxiliar caja de más de 20 años 958,45
Telefonistas 958,45
Aux. Admtiva. menor de 25 años 958,45
Ayudante de Oficio 958,45
Contrato Formación 1.º año 620,34
Contrato Formación 2.º año 683,08
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